10/3/10

Respuesta a su respuesta del 2º Exámen.

Acabo de recibir la respuesta a la impugnación que hice sobre el segundo examen y más de lo mismo.
No responden a lo argumentado por mi parte y lo hacen tarde.
Paso a contar:
Me responden a dos impugnaciones que hice referente al segundo examen que sólo contaba ya con un opositor.
La primera y mas importante venia a solicitar la paralización del segundo exámen porque el tribunal había incumplido las bases de la convocatoria que el mismo aprobó. En ellas se decía que debía realizarse una prueba práctica para comprobar el manejo de cuatro programas informáticos, sin embargo el tribunal anuncia a la única opositora, en la convocatoria que sólo se le va a preguntar sobre tres programas. A esta reclamación el tribunal en su escrito directamente no me contesta, se hace el sordo por si se me había olvidado.
La segunda reclamación la realizo tras la publicación de las notas de este examen. En su publicación no sólo se hace evidente que el tribunal no sigue la ley y el convenio (la ley dice que las pruebas prácticas de las oposiciones se adecuarán al puesto a desempeñar) al realizarlas con programas que utiliza esta persona en su trabajo actual pero alejados de los utilizados en el botánico (sólo la base de datos coincide pero se le examina sobre la versión 2000, no la versión 2007 que utilizamos), sino que en la valoración de las notas se ve que a los programas de CAD y Bases de Datos se le da un solo punto (aún siendo los utilizados a diario en mi puesto), mientras que al de mediciones y presupuestos (que se utiliza una vez al año para el presupuesto general) se le valora con ocho punto (8).
Sólo puedo pensar que lo que el tribunal sabe que esta persona hace bien son presupuestos, porque no me cabe otra interpretación.
Efectivamente como dice el tribunal en su escrito no es competencia mía decidir las versiones de los programas, pues no constan en las bases, pero el tribunal debería haberse leído la legislación y comprobar lo que he dicho antes, que ha de adecuarse al puesto a desempeñar y evidentemente una base de datos del año 2000 ni importa siquiera la base utilizada en el botánico para el control de las colecciones.
Su argumentación de que usaron los programas corporativos del "Ayuntamiento de Gijón y las entidades y organismos dependientes" es muy floja, porque el Jardín Botánico es también una empresa municipal y no se contó con las copias de los programas que estaban a disposición del tribunal para la prueba, se ve que era más fácil, puesto que sólo quedaba una persona para el examen, no perder mucho el tiempo ni complicarle la vida, que el convenio ya recoge la posibilidad de tres meses de prácticas para hacerse con el puesto. Los sindicatos están en todo y como se ve que lo normal es que quien apruebe no lo haga con los medios que luego va a utilizar, recogen en los convenios colectivos, incluso en una plaza donde se valora la experiencia en puesto similar, que después se podrá formar en un periodo de prácticas, cobrando como profesional claro, no como becario. Para esto si que están y para evitar que se recojan firmas, para visitar a un afiliado en huelga de hambre por lo visto no.
Efectivamente el tribunal puede hacer, como ha hecho, lo que quiera, pero los tribunales, a los que me traslada en su escrito, espero que terminen poniendo el punto en la i y anulando tambien esta segunda prueba.